contrato

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR TEMPORADA

En Zaragoza, a  …..  de   ……………..     del  20…..

REUNIDOS

Por una parte

D.  ……………………………………………………………………….., con DNI ……………………………………..   , mayor de edad,  con domicilio a efectos de notificaciones en…………………………………………………………………………………de………………………………….., C.P.  ……………………en …………………………………..

(De ahora en adelante denominado “El Propietario”.)

De otra parte,

D………………………………………………………………………………….. , mayor de edad, con domicilio a efectos de notificaciones en ………………………………………………………………………………….de…………………………………………. CP ………………………….. y Documento Nacional de Identidad (DNI) numero ………………………………………..

(De ahora en adelante denominado “La Parte Arrendataria”.)

Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente  para este acto y libremente,

 

EXPONEN

1.I. Que el Propietario es titular de la siguiente finca en perfecto estado de uso:

VIVIENDA : Dirección:………………………………………………………………… en ……………………………………………………….., en las condiciones y con los muebles y servicios cuya descripción y fotografías   tiene el propietario y están en  la pagina de www.breicarvacaciones.com (Nombre del alojamiento)……………………………………………………..

La Vivienda se encuentra limpia, en perfecto estado de uso, conservación y habitabilidad y los suministros y servicios que posee la misma se encuentran en funcionamiento.

II. Ambas partes han acordado concertar el arrendamiento por temporada de la finca antes descrita, por lo que establecen el presente contrato, que se regirá por lo dispuesto en los siguientes,

CLAUSULAS

PRIMERO.- OBJETO

El Propietario cede en arrendamiento de temporada con la duración que se indicará a la Parte Arrendataria, que acepta, la finca descrita y los muebles descritos en el Expositivo I.

El presente arrendamiento constituye un Arrendamiento de Temporada por motivo vacacional, previsto en el artículo 3º.2 de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, y bajo ningún concepto y situación que se produzca, el arrendamiento del objeto de este contrato podrá usarse de forma habitual.

SEGUNDA.- RENTA Y FIANZA

2.1 La renta de la temporada neta es de  ( ……………………………. €) …………………………………………………. euros.

Estas cantidad  se abonarán  del siguiente modo:

Reserva: 30% del importe del alquiler………………………. € , se ingresarán en la  cuenta ……………………………………………………………….. para hacer la reserva antes de 48 horas despues de la fecha de este contrato.

Resto:……………………………………………………….. €, se ingresarán en el mismo numero de cuenta diez dias antes (para reservas en invierno) ó 20 -30 dias antes (para reservas en verano) de la entrada a la vivienda.

La parte arrendataria , también ingresará con el precio restante , con anterioridad a la entrada en finca, una fianza de …………………………………………………………….euros, ……………………….. € según lo estipulado en el artículo 36 de la LAU. La fianza se devolverá a la finalización del Contrato, una vez revisada la vivienda, e ingresada en el nº de cta. ………………………………………………………………….  de la arrendataria unos  2 dias hábiles después de la devolución de las llaves, si no hubiera lugar a su retención por rotura o desperfecto de algún enser de la vivienda.

Si la parte arrendataria, no se presentase a la fecha de reserva o no ingresase la renta pactada antes de la fecha indicada, la cantidad entregada se devengará a favor del propietario como indemnización por daños y perjuicios, y la reserva seria anulada inmediatamente, quedando dicha finca a disposición del propietario para que pueda volver a alquilarla.

TERCERO.- DURACION.

Este contrato se otorga por la temporada de  ………………….. noches, desde el día ………… de ………………. del 20…. , a partir de las 17 h,  y quedará automáticamente resuelto sin necesidad de aviso alguno, el día  ………… de ………………………….. del 20…….  , antes de  las 11 h debiendo La Parte Arrendataria entregar las llaves con anterioridad.

La Parte Arrendataria deberá abandonar la finca en el estado en que la encontró, dejándola libre de efectos y enseres y permaneciendo en perfecto estado los servicios de que dispone y los muebles y enseres citados en el Expositivo I, sin que quepa prorroga del mismo salvo acuerdo escrito entre las partes.

CUARTO.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES

4.1La Parte Arrendataria se obliga a conservar la Vivienda en perfecto estado durante el plazo de duración libremente pactado entre ambas partes, y a devolverla en el mismo estado en que la encontró.

4.2La parte arrendataria no podrá realizar en la vivienda actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas, ilícitas o contrarias a los Estatutos de la Comunidad. Tampoco podrá almacenar materias inflamables, explosivas o corrosivas en la vivienda y/o desarrollar en la misma actividades mercantiles o de industria. Aceptando las condiciones de uso de la vivienda.

4.1La Parte Arrendataria será directa y exclusivamente responsable y exime de toda responsabilidad a la propiedad por:

1)Los daños que puedan ocasionarse a personas o cosas y sean derivados de instalaciones para servicios y suministros de la casa de temporada arrendada.

2)Los daños, deterioros , pérdidas , o robos, que se produzcan en la misma.

4.2La Parte Arrendataria no podrá hacer obras, ni introducir modificación alguna sin permiso escrito de la Arrendadora.  En ningún caso podrá hacer taladros o agujeros en las paredes.

4.3El Propietario mantendrá los suministros de agua y luz, gas etc., al corriente de pago y en pleno funcionamiento así como el seguro de la vivienda vigente.

 

QUINTO.-RENUNCIAS

La Parte Arrendataria renuncia a los derechos contenidos en los artículos 31 a 33 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, y por tanto a los derechos de Arrendamiento, subrogación, cesión, o traspaso, ya sean de forma total o parcial, tanteo, retracto y derecho de impugnación de transmisión.

SEXTO.- CLAUSULA PENAL

El incumplimiento de la obligación de abandonar la Vivienda en el plazo pactado obligará a la Parte Arrendataria a satisfacer en concepto de cláusula penal, la suma correspondiente al triple de la renta diaria, exigibles por semanas vencidas hasta la libre disponibilidad de la vivienda por el arrendador, sin prejuicio de las costas, gastos y demás indemnizaciones que fueran a su cargo incluso minutas de abogados y procurador, aunque no fuera preceptiva su intervención.

SEPTIMA.-FUERO Y LEGISLACION APLICABLE

Las partes integrantes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales y juzgados donde corresponda.
Son aplicables las leyes de España y en concreto la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos.
Ambas partes se ratifican en el presente contrato y firman por duplicado, a un solo efecto, en el lugar y fecha indicada.

 

LA ARRENDADORA (Propietario) LA ARRENDATARIA(Viajero)